Definición del Programa:
El Programa de Desarrollo Social “Vivienda para el Bienestar” tiene como propósito contribuir al mejoramiento de la vivienda de personas de 18 años y más, que habitan en el Estado de México en condición de pobreza y/o con carencia por calidad y espacios de la vivienda o carencia por acceso a servicios básicos en la vivienda, mediante la entrega de apoyos para el mejoramiento de la vivienda.
Objetivo General:
Contribuir al mejoramiento de la vivienda de personas de 18 años y más, que habitan en el Estado de México, en condición de pobreza y/o carencia por calidad y espacios de la vivienda o carencia por acceso a los servicios básicos en la vivienda, mediante la entrega de apoyos, para el mejoramiento de vivienda.
Población Objetivo:
Personas de 18 años y más que habitan en el Estado de México, que se encuentren en condición de pobreza y/o con carencia por calidad y espacios de la vivienda o carencia por acceso a los servicios básicos en la vivienda.
Tipo de Apoyo:
El apoyo consiste en la entrega por única ocasión de un paquete de materiales complementarios y/o equipamiento, los cuales serán definidos y aprobados por la Instancia Normativa y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal asignada.
Criterios de Selección:
a) Ser persona mayor de 18 años de edad;
b) Residir en alguno de los 125 municipios del Estado de México;
c) Presentar condición de pobreza y/o carencia por calidad y espacios de la vivienda o carencia por acceso a los servicios básicos en la vivienda;
d) Habitar la vivienda objeto del apoyo solicitado o estar por hacerlo; y
e) Las demás que determine la Instancia Normativa.
Requisitos:
Las personas solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) La vivienda objeto de la solicitud, no deberá estar ubicada en zona de riesgo, con restricciones de preservación ecológica o de uso distinto al habitacional;
b) Presentar solicitud dirigida a la persona titular de la Dirección General del Instituto, especificando tipo de apoyo, medio de localización, donde la persona solicitante establezca bajo protesta de decir verdad que su vivienda presenta alguna carencia;
c) Entregar copia del acta de nacimiento y presentar original para su cotejo;
d) Entregar copia de identificación oficial vigente con fotografía y domicilio en el Estado de México: credencial para votar; en caso de no contar con este documento, puede presentar pasaporte vigente u otros documentos que acrediten la identidad expedidos por la autoridad correspondiente o constancia domiciliaria expedida por la autoridad local correspondiente con vigencia no mayor a 3 meses;
e) Entregar Clave Única de Registro de Población (CURP);
f) Comprobante de domicilio con vigencia máxima de 3 meses de antigüedad o constancia de residencia expedida por la autoridad competente con vigencia no mayor a 3 meses;
g) La vivienda objeto del apoyo debe presentar alguna de las siguientes características:
1. Que el piso al interior de la vivienda sea parcial o totalmente de tierra;
2. Que el material del techo de la vivienda sea parcial o totalmente de materiales endebles;
3. Que el material de los muros de la vivienda sea de materiales endebles;
4. Que el número de personas por cuarto dormitorio sea mayor o igual a 2.5;
5. Que la vivienda no cuente con tinaco para almacenamiento de agua potable;
6. Que la vivienda cuente con tinaco fisurado que ocasione la filtración del agua almacenada;
7. Que la vivienda cuente con tinaco menor a la capacidad requerida por sus habitantes;
8. Que el servicio de agua sea intermitente;
9. Que la vivienda no cuente con calentador de agua para el aseo personal de sus habitantes;
10. Que la vivienda no cuente con energía eléctrica;
11. Que la vivienda no cuente con las condiciones para ser una vivienda adecuada; y
12. Las demás que determine la Instancia Normativa.
h) Requisitar el Formato Único de Bienestar; y
i) Los demás que determine la Instancia Normativa.
Los datos personales recabados de las personas solicitantes serán tratados en términos de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios, así como en las demás disposiciones de la materia.
Registro:
Toda persona tiene derecho a solicitar su inclusión al Programa, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación, el trámite es completamente personal, gratuito y realizarlo no significa necesariamente su incorporación al mismo.
Formatos:
a) Formato Único de Bienestar;
b) Cédula de Control de Información;
c) Carta Contrato; y
d) Los demás que determine la Instancia Normativa.
Quejas y Denuncias:
Las inconformidades, quejas o denuncias respecto a la operación y entrega de los apoyos, podrán ser presentadas por las personas beneficiarias, personas solicitantes o la población en general, a través de las siguientes vías:
a) De manera escrita: En el Órgano Interno de Control en el Instituto, ubicado en el kilómetro 14.5 de la carretera Toluca-Tenango, San Antonio la Isla, Estado de México, C.P. 52280;
b) Vía telefónica: En el Instituto, al teléfono 722 276 55 50 y en el Centro de Atención Telefónica del Gobierno del Estado de México (CATGEM), lada sin costo al 800 696 96 96 para el interior de la República y 070 para Toluca y Zona Conurbada;
c) Vía internet: en el correo electrónico dpyfv.imevis@edomex.gob.mx y en la página de internet www.secogem.gob.mx/SAM;
d) Personalmente: En el Órgano Interno de Control en el Instituto, ubicado en el kilómetro 14.5 de la carretera Toluca-Tenango, San Antonio la Isla, Estado de México, C.P. 52280 o en la Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado de México;
e) Vía aplicación móvil para teléfono inteligente: En el Órgano Interno de Control en el Instituto, ubicado en el kilómetro 14.5 de la carretera Toluca-Tenango, San Antonio la Isla, Estado de México, C.P. 52280 o en la Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado de México;
Ligas Electrónicas de Interés:
Ejercicio Fiscal 2025:
Acuerdo del Director General del Instituto Mexiquense de la Vivienda Social, por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social “Vivienda para el bienestar”, publicadas en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 31 de enero de 2025. /sites/imevis.edomex.gob.mx/files/files/Proyectos/Vivienda/VPB/ROP_GG_Vivienda%20para%20el%20Bienestar.pdf
Formatos que la persona solicitante y/o persona beneficiaria deberá recabar desde la solicitud de ingreso al Programa, durante el proceso de selección y hasta la comprobación de aplicación del mismo, en acompañamiento con la Instancia Responsable:
1. Solicitud - Llenado exclusivamente por la persona solicitante;
2. Formato Único de Bienestar - Llenado por la persona solicitante en conjunto con la Instancia Responsable;
3. Cédula de Control de Información –Llenado por la Instancia Responsable en conjunto con la persona solicitante y/o persona beneficiaria;
4. Carta Contrato - Llenado por la persona beneficiaria en conjunto con la Instancia Responsable; y
5. Acta Circunstanciada - Llenado exclusivamente por la Instancia Responsable.
“ESTE PROGRAMA ES PÚBLICO, AJENO A CUALQUIER PARTIDO POLÍTICO. QUEDA PROHIBIDO SU USO PARA FINES DISTINTOS AL DESARROLLO SOCIAL. QUIEN HAGA USO INDEBIDO DE LOS RECURSOS DE ESTE PROGRAMA, DEBERÁ SER DENUNCIADO Y SANCIONADO ANTE LAS AUTORIDADES CONFORME A LO QUE DISPONE LA LEY DE LA MATERIA”