Definición del Programa:
El Programa de Desarrollo Social “Mi Primer Hogar” tiene como propósito contribuir al acceso a la vivienda de las personas jóvenes de entre 18 y 29 años que habitan en el Estado de México, que no cuentan con vivienda propia y se encuentran en condición de pobreza y/o con carencia por calidad y espacios de la vivienda y que tengan un terreno propio, mediante la entrega de apoyos para la autoconstrucción y autoproducción de vivienda.
Objetivo General:
Contribuir al acceso a la vivienda de las personas jóvenes de entre 18 y 29 años que habitan en el Estado de México, que no cuentan con vivienda propia y se encuentran en condición de pobreza y/o con carencia por calidad y espacios de la vivienda y que tengan un terreno propio, mediante la entrega de apoyos para la autoconstrucción y autoproducción de vivienda.
Población Objetivo:
Personas de entre 18 y 29 años, que habiten en el Estado de México, no cuenten con una vivienda propia, que se encuentren en condición de pobreza y/o con carencia por calidad y espacios de la vivienda y que tengan un terreno propio.
Tipo de Apoyo:
El apoyo consiste en la entrega por única ocasión de un paquete de materiales complementarios y/o equipamiento, los cuales serán definidos y aprobados por la Instancia Normativa y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal asignada.
Criterios de Selección:
a) Tener entre 18 y 29 años de edad;
b) Residir en alguno de los 125 municipios del Estado de México;
c) No contar con vivienda propia;
d) Presentar condición de pobreza y/o carencia por calidad y espacios de la vivienda;
e) Contar con un terreno propio de al menos 80 m2; y
f) Las demás que determine la Instancia Normativa.
Requisitos:
Las personas solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) El predio o espacio físico objeto de la solicitud, no deberá estar ubicado en zona de riesgo, con restricciones de preservación ecológica o de uso distinto al habitacional;
b) Presentar solicitud dirigida a la persona titular de la Dirección General del Instituto, especificando tipo de apoyo, medio de localización, donde la persona solicitante establezca bajo protesta de decir verdad que no cuenta con una vivienda propia.
c) Entregar copia del acta de nacimiento y presentar original para su cotejo;
d) Entregar copia de identificación oficial vigente con fotografía y domicilio en el Estado de México: credencial para votar; en caso de no contar con este documento, puede presentar pasaporte vigente u otros documentos que acrediten la identidad expedidos por la autoridad correspondiente o constancia domiciliaria expedida por la autoridad local correspondiente con vigencia no mayor a 3 meses;
e) Entregar Clave Única de Registro de Población (CURP);
f) Comprobante de domicilio con vigencia máxima de 3 meses de antigüedad o constancia de residencia expedida por la autoridad competente con vigencia no mayor a 3 meses;
g) Entregar copia simple de la documentación que acredite la propiedad o posesión del predio en donde se aplicará el apoyo. Serán admisibles para la acreditación los establecidos en la normatividad vigente en la materia y las demás que determine la Instancia Normativa;
h) El hogar objeto del apoyo debe de presentar alguna de las siguientes características:
1. Que la persona solicitante no cuente con vivienda propia;
2. Que el número de personas por cuarto dormitorio en la vivienda que habitan en la actualidad sea mayor o igual a 2.5; y
3. Las demás que determine la Instancia Normativa.
i) El predio o espacio físico objeto del apoyo deberá contar con al menos 80m² libres de cualquier tipo de construcción de al menos 8 metros de frente y 10 metros de fondo, presentar una inclinación menor al 3% y preferentemente contar con acceso a los servicios públicos;
j) Derivado de la visita de verificación previa determinada por la Instancia Responsable, los trabajos preliminares, así como los derivados para la conformación del terreno correrán a cargo de la persona solicitante;
k) Requisitar el Formato Único de Bienestar; y
l) Los demás que determine la Instancia Normativa.
Los datos personales recabados de las personas solicitantes serán tratados en términos de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios, así como en las demás disposiciones de la materia.
Registro:
Toda persona tiene derecho a solicitar su inclusión al Programa, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación, el trámite es completamente personal, gratuito y realizarlo no significa necesariamente su incorporación al mismo.
Formatos:
a) Formato Único de Bienestar;
b) Cédula de Verificación Previa;
c) Cédula de Seguimiento a la Aplicación;
d) Carta Contrato; y
e) Los demás que determine la Instancia Normativa
Quejas y Denuncias:
Las inconformidades, quejas o denuncias respecto a la operación y entrega de los apoyos, podrán ser presentadas por las personas beneficiarias, personas solicitantes o la población en general, a través de las siguientes vías:
a) De manera escrita: En el Órgano Interno de Control en el Instituto, ubicado en el kilómetro 14.5 de la carretera Toluca-Tenango, San Antonio la Isla, Estado de México, C.P. 52280;
b) Vía telefónica: En el Instituto, al teléfono 722 276 55 50 y en el Centro de Atención Telefónica del Gobierno del Estado de México (CATGEM), lada sin costo al 800 696 96 96 para el interior de la República y 070 para Toluca y Zona Conurbada;
c) Vía internet: en el correo electrónico dpyfv.imevis@edomex.gob.mx y en la página de internet www.secogem.gob.mx/SAM;
d) Personalmente En el Órgano Interno de Control en el Instituto, ubicado en el kilómetro 14.5 de la carretera Toluca-Tenango, San Antonio la Isla, Estado de México, C.P. 52280 o en la Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado de México;
e) Vía aplicación móvil para teléfono inteligente: A través de la aplicación “Denuncia EDOMÉX”, a cargo de la Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado de México.
Ligas Electrónicas de Interés:
Ejercicio Fiscal 2025:
Acuerdo del Director General del Instituto Mexiquense de la Vivienda Social, por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social "Mi Primer Hogar", publicadas en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 31 de enero de 2025. /sites/imevis.edomex.gob.mx/files/files/Proyectos/Vivienda/MPH/ROP_GG_Mi%20primer%20hogar.pdf
Formatos que la persona solicitante y/o persona beneficiaria deberá recabar desde la solicitud de ingreso al Programa, durante el proceso de selección y hasta la comprobación de aplicación del mismo, en acompañamiento con la Instancia Responsable:
1. Solicitud - Llenado exclusivamente por la persona solicitante;
2. Formato Único de Bienestar - Llenado por la persona solicitante en conjunto con la Instancia Responsable;
3. Cédula de Verificación Previa - Llenado por la Instancia Responsable en conjunto con la persona solicitante y/o persona beneficiaria;
4. Cédula de Seguimiento a la Aplicación – Llenado por la Instancia Responsable en conjunto con la persona beneficiaria;
5. Carta Contrato - Llenado por la persona beneficiaria en conjunto con la Instancia Responsable; y
6. Acta Circunstanciada - Llenado exclusivamente por la Instancia Responsable.
“ESTE PROGRAMA ES PÚBLICO, AJENO A CUALQUIER PARTIDO POLÍTICO. QUEDA PROHIBIDO SU USO PARA FINES DISTINTOS AL DESARROLLO SOCIAL. QUIEN HAGA USO INDEBIDO DE LOS RECURSOS DE ESTE PROGRAMA, DEBERÁ SER DENUNCIADO Y SANCIONADO ANTE LAS AUTORIDADES CONFORME A LO QUE DISPONE LA LEY DE LA MATERIA”