Instituto Mexiquense de la Vivienda Social

Instituto Mexiquense de la Vivienda Social

Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura

Preguntas Frecuentes

Carta Finiquito o Carta de No Adeudo

¿Qué es la Carta Finiquito?

Es un documento con el que el solicitante del trámite, acredita haber liquidado el monto total del pago del inmueble.

¿Existen terrenos disponibles para venta?

Actualmente, el IMEVIS cuenta ccon terrenos disponibles en algunos municipios de la entidad, por lo que para poder darle la atención adecuada tendrá que especificar el municipio en el cual busca adquirir un terreno, con esta información y de acuerdo a nuestra base de datos podremos darle una respuesta a su petición.

¿En dónde y cómo puedo hacer una solicitud para adquirir un terreno propiedad del IMEVIS?

En las Delegaciones Regionales y en las Oficinas Centrales del IMEVIS, cuya ubicación puede encontrarlas en nuestra sección de contactos.

Deberá presentar una solicitud por escrito dirigida al director general del IMEVIS, describiendo su interés en adquirir un inmueble.

¿Cuál es el precio de los terrenos?

El valor de los terrenos se establece a través de avalúo comercial, el cual es emitido por el Instituto de Información e Investigación Geográfica Estadística y Catastral del Estado de México ( IGECEM).


Constancias

¿En qué casos se puede solicitar este trámite?

Prevriamente al haber contratado alguno de los trámites de escrituración, la constancia sirve como comprobante para los fines que al interesado convengan.

¿Se realizan constancias diferentes a las relacionadas con trámites de escrituración?

No.

¿Cuántas constancias puedo solicitar y por qué?

Ninguna.


Estudio Jurídico

¿Qué es un estudio jurídico?

Es el análisis jurídico realizado para evaluar los documentos presentados por el solicitante, incluye la investigación registral con la finalidad de otorgar una respuesta al trámite solicitado.

¿El trámite podrá realizarse a domicilio?

No, este trámite sólo puede realizarse de manera física en las oficinas del IMEVIS.

¿Se debe contratar con IMEVIS necesariamente, después de realizar este trámite?

No necesariamente, ya que puede constituirse como una consulta jurídica, y será decisión del solicitante, contratar el trámite sugerido.


Investigación Socioeconómica

¿Qué es una investigación socioeconómica?

Es la verificación en el domicilio señalado por el solicitante, con la finalidad de evaluar sus condiciones socioeconómicas, y determinar la procedencia de otorgarle el apoyo solicitado.

¿Contratar este trámite garantiza el otorgamiento del apoyo solicitado?

No necesariamente, ya que el resultado del estudio socioeconómico proporcionará los elementos que permitan otorgar o denegar el apoyo.

¿El trámite podrá realizarse a domicilio?

Si, todos los estudios socioeconómicos se realizan en el domicilio de los solicitantes.


Regularización de la Tenencia de la Tierra

¿Qué es la regularización de la tenencia de la Tierra?

Es el procedimiento jurídico, técnico y administrativo donde se analizan los antecedentes del predio y las características urbanas para cumplir con la normatividad vigente, este debe estar consolidado con construcciones del 70% al 100%.

¿Se regulariza la Tenencia de la Tierra en cualquier terreno?

No, únicamente a los predios que proceda llevar a cabo.

¿Se puede regularizar cualquier predio?

Únicamente se pueden regularizar los predios que tengan uso de suelo habitacional y que no estén en zonas de riesgo, además que acrediten la propiedad; la cual deberá esetar inscrita enn la Oficina Registral correspondiente de acuerdo a la ubicación del predio y que cuente por lo menos con un grado de ocupación del 70% al 100%.

¿Puede asistir cualquier persona a solicitarlo?

Debe ser el propietario o su representante legal, con carta poder, que le otorgue esas facultades y/o los poseedores de buena fe de los predios en cuestión.


Regularización de Predios Vía Escrituración Notarial

¿Qué tipo de inmuebles escritura con este trámite el IMEVIS?

Aquellos que hayan sido vendidos por el IMEVIS o por sus antecedentes legales y todos los inmuebles que sean parte de un Convenio de Regularización celebrado entre este Instituto y particulares.

¿El Instituto realiza el trámite en su totalidad?

Si, el IMEVIS realiza todas las gestiones correspondientes.


Regularización de Predios Vía Juicio de Usucapión e Inmatriculación Administrativa

¿Cuál es el principal requisito para que proceda la Inmatriculación Administrativa?

Que el predio que se va a inmatricular no esté inscrito en el Instituto de la Función Registral del Estado de México (IFREM).

¿Qué sucede si existen antecedentes registrales?

El Instituto puede promover el trámite de Juicio de Usucapión, si así lo solicita el beneficiario.

¿Qué es el Juicio de Usucapión?

El juicio de usucapión es un medio que la ley contempla para adquirir la propiedad de un bien inmueble (lotes, terrenos, predios), por el transcurso del tiempo que lo tiene una persona en posesión.

En estos casos el poseedor debe realizar una demanda ante el juzgado competente, demandando a la persona que aparece inscrita como propietaria en la oficina registral, debiendo acreditar que la posesión con la que cuenta tiene las siguientes características.

  • Pública.
  • Continua.
  • En carácter de propietario.
  • Pacífica.
  • De 5 años de buena fe y 10 años de mala fe.

Cabe hacer notar que la posesión que una persona adquiere de un inmueble, proveniente de unn delito, no es apta para estos casos, además de que dicho inmueble no debe ser de origen ejidal o comunal.

Una vez acreditada la posesión, el juez emitirá una resolución en la que señalará que la persona que adquirió el inmueble (poseedor), se ha convertido en propietario.

Este trámite lo puede realizar en el Instituto Mexiquense de la Vivienda Social, a través de las Delegaciones Regionales.

¿Cuándo se debe promover el Juicio de Usucapión?

Cuando se trata de un predio inscrito a nombre de persona determinada, a quien deberá demandarse que se encuentre inscrita en el IFREM.

¿Qué es Inmatriculación Administrativa?

Es un procedimiento que se realiza ante la oficina registral competente del Instituto de la Finción Registral para matricular un bien inmueble (lote, terreno, predio), es decir, inscribirlo en la oficina registral que le corresponde ya que el mismo carece de un antecedente registral.

En dicho procedimiento se realiza la solicitud ante la oficina registral, se cita a los colindantes a una diligencia, se publican en los periódicos los avisos mediante los cuales se explica que el poseedor se encuentra realizando el trámite para matricular el bien inmueble, y si depués de esto se inscribirá en dicha oficina registral.

Cabe hacer mención que mediante esta resolución, el inmueble ya tendrá un antecedente registral y sólo tiene efectos de acreditar formalmente el carácter de poseedor a su titular, mas no de propietario. Además el inmueble no debe ser de origen ejidal o comunal.

Este trámite lo puede realizar en el Instituto Mexiquense de la Vivienda Social, a través de las Delegaciones Regionales.

¿El costo del trámite varía de acuerdo a la superfficie del predio a inmatricular?

No, será el mismo costo para cualquier superficie.


Regulación del Suelo

¿Qué es la regulación del Suelo?

Es el procedimiento jurídico por el cual un propietario puede dividir un terreno de manera legal a través de la firma de un convenio con el Instituto, el cual será el encargado de tramitar las debidas autorizaciones sujeto a la dictaminación para crear un desarrollo sistenible, finalmente el dueño obtendrá una subdivisión del predio para ofrecer suelo apto para vivienda social o popular.

¿En qué consiste este trámite?

En realizar una revisión de manera física a un inmueble, para verificar su ubicación, medidas, colindancias, superficie y principalmente la posesión del solicitante, para gestionar un desarrollo urbano sostenible.

¿Se puede contratar sin realizar otro trámite en el IMEVIS?

Sí, pero también es necesario contratarlo para la realización de otros trámiites como puede ser los de la escrituración.


Verificación de Campo

¿La verificación de campo, puede constituirse como un documento legal?

No, únicamente es para usos internos del instituto, para efectos de contratar algún trámite de escrituración con el IMEVIS.

¿Qué tiempo debe de haber transcurrido desde la compra de un inmueblee para promover un juicio de Usucapión?

5 años.

¿En qué tiempo se lleva a cabo el juicio?

La duración del juicio, puede variar de acuerdo a la situación en que se presenta el proceso, el tiempo mínimo promedio de duración del juicio va de 4 a 6 meses.


Verificación Técnica de Campo

¿Puede un familiar o vecino realizar el trámite?

Sí.

¿Puede recibir la carta otra persona que no sea el titular?

No.

¿Qué se necesita presentar para recoger la carta?

Si es el titular, presentar una identificación oficial  vigente y si es otra persona presentar una Carta Poder.


Prevención de Asentamientos Humanos Irregulares

¿Qué es un asentamiento humano irregular?

El Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México; señala en su artículo 5.3, fracción VI:

VI. Asentamiento Humano Irregular: conjunto de personas radicado en un área determinada en contravención a las disposiciones jurídicas aplicables carentes de servicios públicos como agua, luz, drenaje.

Se considera a los grupos de personas ubicados en áreas o predios fraccionados, sin la autorización que deben emitir las autoridades correspondientes, que en la mayoría de los casos no cuentan con servicios públicos básicos como agua potable, luz, drenaje y como consecuencia carecen del documento formal reconocido por la ley, para acreditar la posesión o propiedad del terreno que ocupan.

¿Cómo diferenciar entre un lote irregular de uno regular al momento de comprar?

Si observas que te venden un terreno que no cuenta con:

  1. Calles pavimentadas.
  2. Servicios como agua, luz, drenaje, etc.
  3. Servicio de transporte inmediato.

Y además presenta:

      4. Zonas de difícil acceso y discontinua a la mancha urbana.

Lo más probable que te estén vendiendo un terreno irregular.

Para poder validarlo es necesario realizar lo siguiente:

Se considera que un inmueble es irregular cuando no proviene de una autorización de subdivisión otorgada por la autoridad competente, o que no cuenta con el documento que acredite formalmente su posesión o propiedad inscrito en la Oficina Registral competente del Instituto de la Función Registral del Estado de México (IFREM).

Para saber si un inmueble es regular o irregular se puede asistir a:

  • Oficinas Registrales del IFREM competentes de acuerdo a la ubicación del inmueble.
  • Oficinas de Catastro o Desarrollo Urbano del municipio que le corresponde.

En las Oficinas Registrales del Instituto de la Función Registral del Estado de México, se tiene que consultar la información en el Sistema que existe, de conformidad a los siguientes aspectos:

  • Nombre de la persona que se considera propietario o vendedor.
  • Nombre y dirección del inmueble.
  • O, mediante los antecedentes registrales, en caso de contar con ellos.

Para tener una información oficial, se debe realizar la solicitud mediante el formato correspondiente que proporciona la misma Oficina Registral correspondiente.

¿Cuáles son las consecuencias de los asentamientos humanos irregulares en la calidad de vida?

  • Impactos a la salud: Son derivados de los entornos insalubres ocasionados por las deficiencias en los servicios básicos y con disposición de los desechos sólidos, los cuales son creadores de peligro y vulnerabilidad en la salud de la población.
  • Impactos ambientales: La pérdida de ecosistemas ha generado el daño de los servicios ambientales, esto nos traé como consecuencia la falta de beneficios materiales que son obtenidos por los sistemas como el agua, la extinción de flora y fauna, así como el daño y escases de espacios recreativos para la población.
  • Riesgos para las personas y sus bienes: Los principales riesgos que tienen la mayoría de los asentamientos humanos irregulares, es que se encuentran en zonas con problemas de inundaciones, deslaves, hundimientos, socavones, etc. Lo cual puede ocasionar la pérdida parcial o total de su patrimonio.
  • Impactos urbanos: Una de las principales problemáticas que se presentan en los Asentamientos Humanos Irregulares es la falta de transporte público lo cual ha ocasionado que la ciudadanía tenga largos tiempos de traslados y costos más elevados. Una consecuencia muy notable en los asentamientos irregulares se observa en la distribución de agua potable de manera no periódica.

Derivado de lo anterior la población en asentamientos irregulares tiene mayores gastos para tener una mejor calidad de vida.

  • Impacto social: La falta de un diseño urbano adecuado ha ocasionado un incremento en las tazas de delincuencia, lo cual deriva en problemas de ansiedad o depresión en la población; afectando su desarrollo personal.
  • No contar con certeza jurídica sobre la propiedad.
  • La pérdida de su inversión o patrimonio.

¿Qué son los Comités Ciudadanos de Prevención, Control y Vigilancia de los Asentamientos Humanos Irregulares?

Son grupos de personas interesadas por la mejor y cuidado de su entorno y calidad de vida, encargadas de vigilar el lugar en donde viven para evitar la aparición de asentamientos humanos irregulares. Se crean con un mínimo de 4 personas.

¿Cómo puedo formar un Comité Ciudadano de Prevención, Control y Vigilancia de los Asentamientos Humanos Irregulares?

Si tienes un grupo de 4 personas interesadas en cuidar el entorno donde viven, de nuevos asentamientos humanos irregulares y un moderador, acércate a la Subdirección de Atención a Grupos Sociales quien será la encargada de conformar el Comité y preparar a sus integrantes en coordinación con la Subdirección de Prevención del Instituto Mexiquense de la Vivienda Social, para saber cómo operarlo.

¿Cómo se debe actuar ante la aparición de un nuevo asentamiento humano irregular?

Existen varios supuestos que dan origen a la ocupación irregular:

a) En caso de detección de excavaciones, rellenos, tala de árboles, construcciones de bardas, demoliciones, obras nuevas, obras de construcción de redes de agua potable o drenaje o edificaciones que se consideren no autorizadas, se deberá presentar la queja o denuncia en todos los casos ante la Dirección de Desarrollo Urbano o equivalente del Municipio correspondiente.

b) Por Asentamientos Humanos Irregulares en zonas de riesgo como barrancas, linderos de rio deberá de acudir a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano o equivalente así como a las oficinas de la Dirección de Protección Civil correspondiente.

c) Por daños en áreas naturales como la tala de árboles, excavaciones, tiro de tierra o residuos de construcción, laderas de cerros y montañas, márgenes de ríos; debe acudir a la Secretaría de Medio Ambiente Municipal correspondiente, así como a la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de México.

d) En casos de ocupación irregular del suelo debajo del cual existan ductos propiedad de Pemex, o por construcciones bajo cables de alta tensión, se deberán presentar las denuncias ante la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano o equivalente, o en las oficinas de Petróleos Mexicanos y CFE; en ambos casos también podrá acudir a las oficinas de la Fiscalía General de la República.

e) En casos de ocupación irregular de predios, en áreas declaradas culturales, se deberán presentar las quejas ante el instituto Nacional de Antropología e Historia.

f) Deberá de presentar la denuncia de hechos por venta clandestina u ocupación irregular de terrenos ante, la Fiscalía Estatal Especializada en delitos cometidos por fraccionadores y contra el medio ambiente.

Requisitos mínimos para presentar la denuncia:

En caso de que los actos por los cuales se genera un asentamiento irregular, incurran en más de uno de los supuestos expuestos, se deberán presentar las quejas y/o denuncias ante todas las dependencias competentes.

Dependiendo de la autoridad ante la cual se comparezca, serán los requisitos que se exijan, sin embargo, como requisitos mínimos se requiere lo siguiente:

La queja o denuncia puede ser efectuada en las siguientes modalidades: verbal, escrita, telefónica o por internet, en todos los casos deberá incluir la ubicación, las referencias y la narrativa de los hechos.

Es de mucha utilidad incluir en la queja o denuncia, fotografías, videos, testimoniales, documentales públicas y privadas.

IMPORTANTE** El ciudadano al momento de ingresar la denuncia o queja, debe verificar que la autoridad le asigne a la misma, un número de folio de ingreso, mediante el cual el usuario o quejoso, podrá darle el adecuado seguimiento, esto a su vez, obliga a la autoridad correspondiente a darle la atención debida, mediante el desarrollo de un procedimiento administrativo o penal hasta su conclusión, o a la aplicación de la medida de seguridad que amerite, de acuerdo al caso correspondiente.

Para mayor información, podrá acudir a los Departamentos de Prevención que hay en cada una de las 12 Delegaciones Regionales del IMEVIS en el Estado de México.

¿Vender un lote de manera irregular es un delito?

Si. Se contempla esta conducta en el artículo 189 del Código Penal del Estado de México, bajo la denominación de delitos contra el desarrollo urbano.

¿Comprar un lote de manera irregular es un delito?

No.